Segundo: SE ADMITE el recurso de nulidad interpuesto.
Tercero: SE ORDENA practicar la notificación de la admisión de la demanda, al Procurador General de la República, Fiscal General de la República, Presidente del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales y al Gerente Estadal de Salud de los Trabajadores de Miranda, remitiéndoles copias certificadas de los recaudos que cursen en el expediente judicial, así como al tercero interesado.