Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto, en fecha 01/11/2012, por el apoderado judicial de la parte demandada contra la decisión de fecha 26/10/2012, dictada por el Juzgado Décimo Primero (11°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio por la ciudadana Gladys Mujica de Mata contra la sociedad mercantil Grupo Tango 712 21, C.A., en consecuencia se confirma la decisión recurrida.