Pues bien, como quiera que se ha cumplido con la garantía constitucional del derecho a la defensa y al debido proceso; siendo que las partes han actuado en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, es por lo que este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: UNICO: EXTINGUIDO EL PROCEDIMIENTO incoado por el ciudadano Denny Alexander Ruiz Farfan contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio para el Poder Popular para las Comunas y Protección Social. Así mismo, se indica que, concluido como haya sido el lapso para que las partes ejerzan los recursos de Ley, se dará por terminando el presente proceso, siendo que verificada dicha fase el presente expediente será remitido al Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicia.....