Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y por autoridad de la Ley declara: UNICO: SIN LUGAR la inhibición planteada por el Dr. Luis Ojeda, en su carácter de Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio seguidor por la ciudadana Pedro José Infante contra el Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), en consecuencia remítase al Juzgado in comento las presentes actuaciones a los fines que continúe con la tramitación de la presente causa, y por ende conociendo, conforme lo prevé la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, previa notificación de las partes y habiendo establecido el día, mes, año y hora en que se llevara a cabo tal acto.-