Por lo antes expuesto este Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: : PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora recurrente en contra de la sentencia de fecha 10 de febrero de 2016 emanada del Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se confirma la Sentencia apelada, con diferente motivación TERCERO: la existencia de la COSA JUZGADA de la transacción suscrita por las partes y debidamente homologa en fecha 25 de julio de 2011. CUARTO: SIN LUGAR la demanda incoado por el ciudadano AHMED HAMZA FARAMAWY EL HABASHY, extranjero, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 82.045.015, por motivo de Nulidad de la Homologación de la Transacción e.....