DISPOSITIVO
Por lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo (8°) del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el abogado HAMILTON RODRIGUEZ, IPSA N ° 72.569, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra del auto de fecha 24 de octubre de 2017, el Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de este Circuito. SEGUNDO: No hay especial condenatoria en costas.