Por los fundamentos fácticos y jurídicos explanados, este JUZGADO SUPERIOR OCTAVO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana YEISY ALEJANDRA MENDOZA, contra la decisión de fecha 13/09/2010, por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada que declaro Inadmisible la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano la ciudadana YEISY ALEJANDRA MENDOZA, en contra la empresa JABONERIA EL TEPUY, en los términos expuestos en el presente fallo.