Por lo antes expuesto este Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora en contra la sentencia de fecha 13 de abril de 2016, emanada del Juzgado Décimo Primero (11°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se confirma la sentencia apelada. TERCERO: SIN LUGAR la demandada incoada por la ciudadana TIBISAY JOSEFINA SOTO VILLALOBOS contra la entidad de trabajo NOVARTIS DE VENEZUELA, C.A., por Nulidad de la Transacción. CUARTO: SE CONDENA en costa a la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.