Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 26 de enero de 2016, por el abogado ALEXIS GARCÍA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 19 de enero de 2016 dictada por el Juzgado Vigésimo Tercero (23°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo de la incidencia surgida en el juicio incoado por la ciudadana MARISOL MALDONADO en contra de la sociedad mercantil APTON, S. R. L. (DISCOTECA BLOW UP). SEGUNDO: Se exonera de costas a la parte demandante conforme lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal.....