Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: : PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 20 Y 21 de septiembre de 2012, por los abogados RONMY SALIMEY y TOMAS MEJIAS en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, contra el acta levantada por el Juzgado Cuadragésimo (40º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 20 de septiembre de 2012. SEGUNDO: SE MODIFICA EL CONTENIDO DEL ACTA APELADA y se consideran presentadas las pruebas de la parte actora en el presente juicio en la oportunidad legal correspondiente, por lo cual se ordena al juzgado mediador desglosarlas del expediente y mantenerla en su resguardo a los fines de.....