Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 13 de enero de 2011, por la abogado BÁRBARA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte codemandada recurrente, contra el auto dictado por el Juzgado Décimo Tercero (13º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 11 de enero de 2011, oída en un solo efecto por auto de fecha 17 de enero de 2011, en el juicio que por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara el ciudadano JOSÉ ANTONIO RAMOS DÁVILA en contra de las empersas NESTLE CADIPRO S.A, NESTLE DE VENEZUELA S.A, NESTLE S.A, ENTERPRISES MAG.....