Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 03 de mayo de 2010, por la abogada ANA RODRÍGUEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Duodécimo (12°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 22 de marzo de 2010. SEGUNDO: CON LUGAR la defensa de prescripción de la acción alegada por la parte demandada. TERCERO: SIN LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoaran los ciudadanos SILVA RIVERO EDGAR ENRIQUE, SILVA ROMULO, SUAREZ MOSQUEDA FRANCISCO JOSE, SUAREZ RO.....