Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición planteada por el Juez Décimo Sexto (16º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, abogado ANIBAL FROILAN ABREU PORTILLO, ya identificado, para seguir conociendo de la demanda incoada por el ciudadano ALBERTO JOSÉ RUIZ LECUNA contra CORPOMOTRIZ TOKIO, C.A. SEGUNDO: Se ordena remitir mediante oficio librado al efecto, el expediente a la Coordinación respectiva para que, mediante distribución, se asigne al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial que resulte seleccionado a los fines que la causa siga su curso legal correspondiente. TERCERO: Notifíquese de esta deci.....