este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 29 de septiembre de 2016, por la abogado LESBIA MARQUEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra el auto dictado en fecha 26 de septiembre de 2016, por el Juzgado Vigésimo (20º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, oída en un solo efecto el 30 de septiembre de 2016, en el juicio seguido por el ciudadano JUAN SOTO PERNIA contra PANADERIA Y PASTELERIA LA CHARLOT, C. A.. SEGUNDO: CONFIRMA el auto apelado. TERCERO: Se condena en costas del recurso a la parte demandada. CUARTO: Se ordena la notificación de ambas partes del conocimiento de la sentencia.