PRIMERO: REVOCA por contrario imperio el auto de fecha 09 de enero de 2020, mediante el cual se dio por recibido el expediente y se fijó la celebración de la audiencia oral y pública. SEGUNDO: LA NULIDAD del auto de fecha 17 de diciembre de 2019, dictado por el Juzgado Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual ordena remitir el expediente en consulta y actuaciones subsiguientes. TERCERO: REPONE la causa al estado de que el Juzgado Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, una vez recibido el expediente por auto expreso, deje trascurrir los dos (02) días hábiles siguientes correspondientes al lapso que resta para oír el recurso de apelación presentado por la representación judicial de la p.....