Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Noveno Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÒN DE EFECTOS del acto administrativo contenido en la certificación N° 0237-12, de fecha 11 de Julio de 2012, emanada del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), a través de la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES MIRANDA solicitada por los abogados ANDRES PEINADO MARTINEZ, RAQUEL ODREMAN CRISTIAKOS y MANUEL ANDRES ROMERO AMPARAN inscritos en el Inpreabogado bajo los números 30.228, 23.137, y 107.058 respectivamente, como apoderados judiciales del CONJUNTO RESIDENCIAL LAS TRINITARIAS, con motivo de la Acción Contencioso Administrativa de Nulidad interpuesta; SEGUNDO: Se ordena dicha suspensión hasta tanto exista un pronunciamiento .....