éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DECAIMIENTO del objeto de la apelación interpuesta en fecha 21 de noviembre de 2016, por la abogada GIOVANNA DE FALCO, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 16 de noviembre de 2016, dictada por el Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo demanda incoada por el ciudadano DAVID JOSÉ VILLARREAL FIGUERA contra LA TABERNA DE FELIX, C.A.. SEGUNDO: NIEGA la homologación de la transacción presentada por las partes. TERCERO: Se deja constancia del pago efectuado por la demandada LA TABERNA DE FELIX, C. A. por Bs. 250.000,00 a la parte actora DAVID VILLARREAL. CUARTO: No hay condenatori.....