Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 27 de noviembre de 2014, por la abogada ONILDA GOMEZ, en su condición de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia de fecha 25 de noviembre de 2014, dictada por el Juzgado Duodécimo (12°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: REVOCA la sentencia apelada. TERCERO: ORDENA al Juzgado Duodécimo (12°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, que una vez recibido el presente expediente, dentro de los 3 días de despacho siguientes, fije el décimo (10°) día de despacho siguiente para que tenga lugar l.....