este Tribunal HOMOLOGA el acuerdo de pago de los montos condenados en la sentencia de primera instancia, ya discriminados y la transacción sobre los intereses de mora e indexación hasta el mes de noviembre 2016, en los términos expuestos por las partes, todo de conformidad con dichas normas y la sentencia Nº 739 dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 28 de octubre de 2003, Expediente 03-402 (Francisco Antonio Santaella y Otros contra Pdvsa Petróleo y Gas). Así se establece.