Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 11 de marzo de 2011 por el abogado ANTONIO FERMÍN GARCÍA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia interlocutoria dictada por el Juzgado Cuadragésimo (40°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 04 de marzo de 2011,con motivo de la incidencia surgida en el juicio que por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoara el ciudadano JAVIER ARMANDO CÁCERES JIMÉNEZ, en contra de la compañía MOBIL PRODUCTOS REFINADOS. SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia apel.....