Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 4 de junio de 2014, por el abogado JACKSON LOPEZ ARCIA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la demandante, contra la decisión de fecha 2 de junio de 2014, dictada por el Juzgado Octavo (8º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la demanda contencioso administrativa de nulidad ejercida, oída en ambos efectos el 7 de agosto de 2014, con motivo de la demanda de nulidad interpuesta por el BANCO NACIONAL DE VIVIENDA Y HÁBITAT (BANAVIH) contra la Providencia Administrativa Nº 768-13 dictada el 21 de noviembre de 2013, por la In.....