Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por CERVECERÍA POLAR, C.A. contra Acto administrativo de efectos particulares contenido en la Certificación de Enfermedad Ocupacional N° 0284-12, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de Miranda "Delegación de Prevención Jesús Bravo", adscrita al Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) el 11 de julio de 2012, a favor del ciudadano JESÚS ALEXANDER CASTRILLO HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.924.007, que certificó que como secuela de tal enfermedad se le condiciona una Discapacidad Parcial y Permanente. SEGUNDO: CONFIRMA el acto impugnado y todos sus efectos. TERCERO: No hay co.....