este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: REVOCA por contrario imperio los autos de fecha 20 y 27 de febrero de 2015, en el cual se dio por recibido el expediente y se fijó audiencia oral; SEGUNDO: DECLARA LA NULIDAD del auto de fecha 11 de febrero de 2015, dictado por el Juzgado 1° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que oyó en ambos efectos la apelación interpuesta por la parte demandada; TERCERO: REPONE la causa al estado que el Juzgado 1° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, notifique al Procurador General de la República, de la sentencia dictada el 3 de febrero de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del De.....