De una revisión de la transacción, se constata que las partes han manifestado actuar de mutuo acuerdo, que la transacción consta por escrito, que versa sobre derechos litigiosos o discutidos, que contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y de los derechos en ella comprendidos, que convinieron el pago de la cantidad de Bs. 276.599,05, con motivo de la indemnización derivada de la certificación de discapacidad total y permanente del trabajo habitual, contenida en la providencia administrativa Nº 0399, asimismo, como indemnización transaccional por la terminación de todas las divergencias surgidas entre ellas y que pudieran surgir, cantidad que fue cancelada mediante un cheque de gerencia Nº 50606850 de fecha 11 de junio de 2014 de Banco Nacional de Crédito, a nombre de la ciudadana Isabel Gil Gutiérrez; igualmente que ambas partes dejaron expresa constancia que el monto acordado por vía transaccional sería cancelado en la forma pactada y antes descrita y en virtu.....