Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la regulación de competencia interpuesta en fecha 29 de septiembre de 2010 por el abogado ISAURO GONZÁLEZ, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 22 de septiembre de 2010 por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio que por cobro de diferencias de salarios y beneficios legales y contractuales incoara el ciudadano OSWALDO OMAÑA CASANOVA en contra del INCES. SEGUNDO: SE CONFIRMA la declinatoria de COMPETENCIA de estos Tribunales del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolit.....