este Tribunal HOMOLOGA la transacción señalada en los términos expuestos por las partes, todo de conformidad con la sentencia No. 739 dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 28 de Octubre de 2003, Expediente 03-402 (Francisco Antonio Landaella y Otros contra Pdvsa Petróleo y Gas). En consecuencia, tomando en cuenta que en la cláusula sexta señalaron que el pago transaccional se efectuará el 29 de octubre de 2008, este Tribual se abstiene de dar por terminado el presente juicio, lo cual hará una vez que conste el pago.