Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 29 de abril de 2011, por la abogada CLARISSA ISABELLA STUYT RAFFALLI, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 25 de abril de 2011. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoare la ciudadana MARIA EUGENIA SILVA BRICEÑO, contra el BANCO DEL CARIBE, C.A. BANCO UNIVERSAL. TERCERO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora, tomando en consideración el tiempo d.....