Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad de comercio INDUSTRIAS ALIMENTICIAS HERMO DE VENEZUELA, S.A., en contra del acto administrativo de efectos particulares contenido en la Certificación No. 0337-12, emanada de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda "delegado de Prevención Jesús Bravo" (DIRESAT-MIRANDA) del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), de fecha 12 de julio de 2012, suscrito por el ciudadano Carlos Pérez, C.I. 9.259.195 en su condición de Médico Ocupacional, mediante la cual certificó, que la ciudadana Sandra Milena Mora, C.I. 20.838.129 como secuela de una enfermedad ocupacional contraída con ocasión del.....