Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Capital, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, emite el pronunciamiento siguiente:
ÚNICO: IMPROCEDENTE la solicitud de fecha 07 de septiembre de 2018, presentada por el abogado FERNANDO OVALLES RODRÍGUEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el número 18.676, actuando con el carácter de apoderado judicial de la víctima, ciudadana VANESSA NOGUES CASTILLO, quien a su vez es progenitora de la niña victima M. I. R. N., (identificación omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en el que solicita aclaratoria de la decisión de esta Corte de Apelaciones Nº 185-18 de fecha 30 de agosto de 2018, en la causa judicial Nº CA-3443-17 VCM, de conformidad con lo establecido en el artícul.....