PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación de autos interpuesto el 19-10-2016, por la Fiscala Auxiliar Interina Centésima Sexagésima Primera (161º) con Competencia en Fase Intermedia y Juicio del Ministerio Público en Materia de Defensa Para la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial, en fecha 07 de octubre de 2016, a través de la cual:"...declara la NULIDAD ABSOLUTA de la acusación presentada por el titular de la acción penal, y por vía de consecuencia el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa, toda vez que era la segunda persecución penal incoada contra el imputado de autos..."; en la causa alfanumérica AP01-S-2013-006996 (Nomenclatura del Juzgado Tercero en Función de Control Audiencia y Medidas de este Circuito Judicial). SEGUNDO: Se acuerda devolver el presente cuaderno de apelación al Tribunal de origen. Notifíquese .....