Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Reenvío en lo Penal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE por extemporáneo, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado TOMMY JOSE DUGARTE MONSALVE, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana JANITZIA DEL VALLE SALAZAR MARTIN, titular de la cédula de identidad N° V-9.488.941, en su condición de víctima en la presente causa, en contra de la decisión de fecha 10 de junio de 2010, dictada por el Juzgado Quinto de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó el sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo establecido en el numeral 3° del artículo.....