Por los argumentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
Inadmite el recurso de apelación presentado por el ciudadano José Gregorio Ramones Arévalo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, matricula N° 63.689, Defensor del ciudadano Lewis Ramón Alvarado , titular de la cédula de identidad N° V-9.481.317, presentó recurso de apelación contra la decisión dictada en fecha 01 de junio de 2015, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de este Circuito Judicial.
Regístrese, déjese copia, notifíquese y Cúmplase.-