Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
Declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto en fecha 12 de junio de 2014, por los abogados Francisco Alberto Marrero y Eduardo Madera, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los números de matricula 151.005 y 153.921, respectivamente, actuando con el carácter de defensores privados del ciudadano: José Antonio Gómez, titular de la cédula de identidad Nº V.- 20.404.125, contra la decisión dictada en fecha 02 de Junio de 2014, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer de este mismo Circuito Judicial Pe.....