Por la razones que anteceden, esta Sala Accidental Segunda de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio con Competencia en Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Publico Cuarto (4º) con Competencia Especial Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia Dr. Juan Carlos Rodríguez, actuando en su carácter de defensor del ciudadano WILLIAMS JOSÉ MENDOZA GONZÁLEZ, según consta del numero de asunto (principal) Nº AP01-S-2009-027424, en fecha 16 de Diciembre de 2009, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Sexto .....