Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Capital, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 20 de septiembre de 2017, por la ciudadana SULBRI SILVA, Defensora Pública Primera en Materia Especial de Violencia del Área Metropolitana de Caracas, contra la decisión dictada el 20 de septiembre de 2017, por el Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó Medida Privativa de Libertad en contra del ciudadano WILLIAMS DE JESÚS HERRERA BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nº V- 27.794.786. En consecuencia, se confirma la decisión apelada.