Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer y en Materia de Reenvío en lo Penal del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
Declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto en fecha 29 de enero de 2013 por los abogados José Joaquín Espinoza Rengifo y Jesús Manuel Guerra Yánez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los números de matricula 53217 y 163.525, respectivamente, actuando con el carácter de defensores privados del ciudadano: Marcos Fabricio Reyes Pico, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.877.083, contra la decisión dictada en fecha 16 de enero de 2014, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer de est.....