Por la razones que anteceden, esta Sala Accidental Segunda de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio con Competencia en Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el tercer aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre El Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos abogados por los abogados MYRIAM YUSMARY CRUZ CACIQUE y RICARDO MOJICA MONSALVO, actuando su condición de Abogados Defensores del ciudadano CARLOS ENRIQUE MUJICA, en contra la decisión dictada en fecha 06-11-09 por el Juzgado Segundo en Funciones de Adolescentes, decisión que se dictó en el acto de la audiencia a que se contrae el tercer aparte del artículo 250 del C.....