Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente descritos, esta Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
ÚNICO: DECLARA INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE, por notoriedad judicial, la apelación interpuesta en fecha 17 de noviembre de 2017, por el ciudadano Eduardo Martin Geymonat Mas, asistido por la defensora privada abogada Andrea Geymonat y el defensor privado abogado Richard Sánchez Martínez, contra la decisión dictada en fecha 10 de noviembre de 2017, por el Tribunal Segundo (2º) de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se decretaron las medidas de protección y seguridad establecidas en el artículo 90, numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobr.....