Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Sala Accidental Segunda de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio, con Competencia en Violencia Contra La Mujer, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO el recurso de apelación interpuesto por el abogado GUILLERMO CASTILLO CABRERA, en su carácter de defensor del ciudadano JOSE LUIS DE AGUIAR PEREIRA, interpuesto contra la sentencia publicada por el Juzgado Segundo de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal y sede, en fecha 17 de diciembre de 2009, que condenó al acusado, ciudadano JOSE LUIS DE AGUIAR PEREIRA, a cumplir la pena de SEIS MESES, de prisión, por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, de .....