Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Reenvío en lo Penal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el tercer aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, emite el siguiente pronunciamiento: Declarar Sin Lugar la Apelación que interpusiera la Abogada ELIANA CAROLYN MORA PAEZ, Defensora Pública Sexta con Competencia Especial en Materia de Violencia contra la Mujer, en su carácter de Defensora del ciudadano FERNANDO JOSE ROJAS MORENO, en contra de la decisión de fecha 26 de julio de 2010 dictada por la ciudadana Jueza del Tribunal Segundo de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal de.....