Ahora bien, cumplidos como han sido los demás tramites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, Impartiendo justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los pronunciamientos siguientes: PRIMERO: ADMITE del recurso de apelación de auto interpuesto por las ciudadanas abogadas MILAGRO RENGIFO RINCONES y JINES HERRERA, en sus carácter de defensoras privadas del ciudadano SANTIAGO JOSE NUÑEZ PADRON, titular de la cédula de identidad Nº V.- 20.174.199, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo (02º) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Con Competencia en Materia Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por medio del cual DECLARO CON LUGAR, la solicitud de prorroga requerida en la presente causa por el Ministerio Publico, de c.....