Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano GREGORI DAVID PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-15.161.813 de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Cesa en consecuencia cualquier medida de protección y de seguridad o medida cautelar que se haya dictado durante el curso del proceso. Así mismo se acuerda la remisión de las presentes actuaciones en su debida oportunidad legal, a los fines de su guarda y custodia a la Oficina de Archivo Judicial.