Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia de Violencia contra la Mujer, en Funciones de Control, Audiencia y Medidas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: ADMITE PARCIALMENTE la QUERELLA interpuesta por por el profesional del derecho: JUAN J. MORENO BRICEÑO, inscrito en INPREABOGADO bajo el Nº 59.789; actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana: de la Ciudadana SORELY MARIBEL PEREZ BANEZCA, titular de la cedula de identidad No. V.- 16.021.697, por la presunta comisión de LOS DELITOS SANCIONADOS en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia..., ello de conformidad con lo establecido en el artículo 296 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 86 de la Ley especial que rige la materia;; en consecuencia se confiere a la víctima la cualidad de QUERELLANTE.
SEGUNDO: se dictan a favor de la v.....