PRIMERO:se admite parcialmente por los delitos de Violencia psicológica y Amenaza, previstos y sancionados en los artículos 39 y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, toda vez que no se evidencia en el expediente Dictamen Pericial emanado de la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, practicado a la ciudadana Nelly Matilde Torres Carrasquel diagnosticándosele lesión, daño o sufrimiento físico alguno.SEGUNDO: se admiten las testimoniales siguientes: 1. Testimonio de la ciudadana Nelly Matilde Torres Carrasquel, como victima, 2. Testimonio del ciudadano Víctor Arias adscrito a GUBDRECI, en su condición de experto,3. Testimonios de las ciudadanas Nelvis Rada y Betsi Mesa, como experta, 4. Testimonio del ciudadano Yodry de Jesús Romero Torres y 5. Testimonio de la ciudadana Yaritza Yamerlyn Romero Torres. Se destiman el Acta de Denuncia de fecha fecha 13 de noviembre del .....