Se declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada OLGA GLENNY SALAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 47.175. en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ANA MARIA ALLIEGRO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-6.508.094, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 24 de mayo del 2010, por la Jueza Unipersonal XII de la extinta Sala de Juicio de este Circuito Judicial de Protección. SEGUNDO: De conformidad con el penúltimo aparte del artículo 488-D ejusdem SE DECRETA LA NULIDAD de la sentencia dictada en fecha 24 de mayo del 2010, por la Jueza Unipersonal XII de la extinta Sala de Juicio de este Circuito Judicial de Protección. TERCERO: Se DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Obligación de Manutención, presentada en fecha 23 de octubre de 2009, por la ciudadana ANA MARIA ALLIEGRO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de l.....