PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano JUAN CARLOS GONCALVES RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-6.317.098, debidamente representado por los profesionales del derecho JOSE DE JESUS GONZALEZ VELASQUEZ y SUSANA PELLICER, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 33.352 y 45.173 respectivamente, contra presuntas violaciones de derechos y garantías constitucionales en la dilación habida en la articulación probatoria ordenada por el Tribunal Séptimo (7°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de éste Circuito Judicial, mediante auto dictado en fecha 14/08/2015, en el asunto signado bajo el No AP51-V-2011-015112, pieza No 1.
SEGUNDO: En vista de las distintas declaraciones rendidas por la niña XXX y en especial, la de fecha 05/01/2016 rendida ante este Juzgador y a la Psicóloga FLOR RIVAS adscrita al E.....