// Se dictó resolución en la cual se declaró INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano JOSE GREGORIO MARQUEZ GUTIERREZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 6, numeral 5°, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por no agotar la vía ordinaria.-