declara sin lugar el recurso de apelación contra la sentencia del Tribunal Segundo de Primara Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas y adopción internacional, de fecha 04 de Julio de 2012 que decidió sobre la demanda de modificación de custodia incoada por la ciudadana Marcolina Huiza Zambrano, titular de la cédula de identidad número V-13.229.471, contra el ciudadano Pedro José Salas Barrios, titular de la cédula de identidad número V-9.202.592 a favor del niño se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Por efecto del presente fallo se confirma en todas sus partes la sentencia apelada. Así se decide.