Con fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Cuarto de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actuando con rango constitucional, declara Improcedente la Acción de Amparo Constitucional, intentada por el ciudadano Yimi Efraín Guerrero Aponte, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-6.275.600, debidamente asistido por el Abg. Freddy Guerrero, abogado en ejercicio de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52311, contra el auto de fecha 05/02/2013 dictado por el Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a cargo de la abogada Joocmar Oviedo, por cua.....