En mérito de las anteriores consideraciones este TRIBUNAL SUPERIOR CUARTO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 14 de abril del 2011, por la abogada INES VIRGINIA ARANGUREN, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana SAJIDXA INDIRA MARIÑO OSTOS, supra identificada, contra la sentencia de fecha 07 abril del año 2011, dictado por la Jueza del Tribunal Decimoquinto (15°) de Primero Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial, en el asunto signado con el numero AP51-V-2007-014097; SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior queda firme el precitado auto dictado en el asunto AP51-V-2007-014097.